La lotería de Navidad es uno de los sorteos más populares y esperados del año, que reparte miles de millones de euros en premios entre los afortunados que han comprado algún décimo. Sin embargo, no todo el dinero que se recibe es para el ganador, ya que una parte se tiene que destinar al pago de impuestos. En este artículo te explicamos cómo tributan los premios de la lotería de Navidad y qué debes hacer si eres uno de los agraciados.
¿Qué impuestos se aplican a los premios de la lotería de Navidad?
Los premios de la lotería de Navidad, al igual que los de otras loterías y apuestas organizadas por Loterías y Apuestas del Estado, las comunidades autónomas, la ONCE, la Cruz Roja Española y las entidades análogas europeas, están sujetos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esto significa que los ganadores tienen que declarar sus premios en la renta y pagar un porcentaje de los mismos al fisco.
Sin embargo, no todos los premios tributan de la misma forma, ya que existe un límite exento que no se tiene que declarar ni pagar. Este límite exento se estableció en el año 2013 y desde entonces se ha ido incrementando hasta alcanzar los 40.000 euros en el año 2020. Por tanto, los premios de la lotería de Navidad que no superen los 40.000 euros están exentos de impuestos y los que los superen solo tributan por la parte que exceda de dicho límite.
El tipo impositivo que se aplica a los premios de la lotería de Navidad es del 20%, tanto en el ámbito estatal como en el autonómico. Este tipo se aplica de forma fija, independientemente de la cuantía del premio o de la situación personal y económica del ganador. Además, este tipo se aplica mediante una retención que realiza el organismo pagador del premio, es decir, la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE), que entrega al ganador el importe neto del premio, una vez descontado el impuesto.
¿Cómo se calcula el impuesto de la lotería de Navidad?
Para calcular el impuesto que hay que pagar por la lotería de Navidad, hay que tener en cuenta el importe íntegro del premio, el límite exento y el tipo impositivo. La fórmula sería la siguiente:
Impuesto = (Importe íntegro del premio – Límite exento) x Tipo impositivo
Por ejemplo, si el premio es de 100.000 euros, el impuesto sería:
Impuesto = (100.000 – 40.000) x 20% = 12.000 euros
El importe neto que recibiría el ganador sería:
Importe neto = Importe íntegro del premio – Impuesto = 100.000 – 12.000 = 88.000 euros
¿Qué pasa si el premio se comparte?
Es muy habitual que los décimos de la lotería de Navidad se compartan entre familiares, amigos, compañeros de trabajo, peñas, cofradías, etc. En estos casos, el premio se reparte entre todos los participantes en proporción a su porcentaje de participación. Lo mismo ocurre con el límite exento y el impuesto, que se prorratean entre los beneficiarios.
Así pues, si el premio se comparte, hay que aplicar la siguiente fórmula para calcular el impuesto individual de cada uno:
Impuesto individual = [(Importe íntegro del premio x Porcentaje de participación) – (Límite exento x Porcentaje de participación)] x Tipo impositivo
Por ejemplo, si dos amigos juegan a medias un décimo de la lotería de Navidad que resulta premiado con 50.000 euros, el impuesto individual de cada uno sería:
Impuesto individual = [(50.000 x 50%) – (40.000 x 50%)] x 20% = 1.000 euros
El importe neto que recibiría cada uno sería:
Importe neto = (Importe íntegro del premio x Porcentaje de participación) – Impuesto individual = (50.000 x 50%) – 1.000 = 24.000 euros
Para evitar problemas con Hacienda, es conveniente que los participantes en un premio compartido firmen un documento que acredite su porcentaje de participación y el importe que les corresponde, así como que conserven una copia del décimo o del resguardo de la participación.
¿Hay que declarar los premios de la lotería de Navidad en la renta?
Los premios de la lotería de Navidad que tributan al 20% no se tienen que declarar en la renta, ya que se consideran ganancias patrimoniales sometidas a un gravamen especial. Esto significa que el impuesto se paga en el momento de recibir el premio y no se tiene que volver a declarar ni pagar nada más por él.
Sin embargo, los premios de la lotería de Navidad que están exentos de tributación sí se tienen que declarar en la renta, aunque no se tenga que pagar nada por ellos. Esto se debe a que se consideran rentas exentas que hay que incluir en la declaración para que Hacienda tenga constancia de su existencia.
Además, los premios de la lotería de Navidad pueden generar otros impuestos derivados de su inversión o de su transmisión. Por ejemplo, si se invierte el dinero en un depósito bancario, se tendrá que declarar y pagar por los intereses que se generen. Si se compra una vivienda, se tendrá que pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales o el Impuesto sobre el Valor Añadido, según el caso. Si se vende el inmueble, se tendrá que declarar y pagar por la ganancia o pérdida patrimonial que se produzca.
Conclusión
Los premios de la lotería de Navidad están sujetos al IRPF, pero solo tributan por la parte que exceda de 40.000 euros, al tipo fijo del 20%. Este impuesto se paga mediante una retención que realiza el organismo pagador del premio, por lo que el ganador recibe el importe neto del mismo. Los premios compartidos se reparten entre los beneficiarios en proporción a su porcentaje de participación, así como el límite exento y el impuesto. Los premios que tributan no se tienen que declarar en la renta, pero los que están exentos sí. Los premios pueden generar otros impuestos si se invierten o se transmiten.
Si tienes dudas sobre cómo tributan los premios de la lotería de Navidad, consulta con nuestros profesionales. Te asesoraremos sobre el tratamiento fiscal más adecuado para tu caso y te ayudaremos a cumplir con tus obligaciones tributarias.